Bandera de la republica dominicana

Esta es una web oficial del Gobierno de la República Dominicana. Así es como puedes saberlo

Icono de la Cupula

Los sitios web oficiales utilizan .gob.do, .gov.do o .mil.do

Un sitio .gob.do, .gov.do o .mil.do significa que pertenece a una organización oficial del Estado dominicano.

Icono de seguridad HTTPS

Los sitios web oficiales .gob.do, .gov.do o .mil.do seguros usan HTTPS

Un candado (🔒) o https:// significa que estás conectado a un sitio seguro dentro de .gob.do o .gov.do. Comparte información confidencial solo en los sitios seguros de .gob.do o gov.do.

Exoneraciones

Carnet de exención de ITBIS a las zonas francas (emisión y renovación)

Responder las solicitudes de emisión o renovación del carnet para la compra de insumos exentos del ITBIS de las empresas clasificadas como zonas francas de exportación.

¿A quién va dirigido?

Personas jurídicas acogidas a la Ley núm. 8-90 y sus modificaciones.

Acceder al pago
Icono de Horario
Horario de prestación

Vía web: 24 horas, 7 días a la semana

Icono de Tiempo de realización
Tiempo de realización

10 días laborables en el Ministerio de Hacienda*

Icono de Costo del Servicio
Costo del servicio

Dependiendo del tiempo de vigencia aprobado por el Consejo Nacional de Zonas Francas (CNZFE): RD$13,400.00 para carnet con vigencia de un (1) año. RD$ 26, 800) para carnet con vigencia de (2) años Nota: Solo las empresas que sean Operadoras de Parques Industriales o las empresas que exporten el 100% de sus productos serán las únicas autorizadas para la obtención de un carnet con vigencia de 2 años.

Requisitos

  • Resolución vigente que lo acredita como empresa de zonas francas.
  • Certificación vigente de la no objeción del Consejo Nacional de Zonas Francas (CNZFE) donde se indique el tiempo de vigencia del carnet.
  • Recibo de pago por renovación del carnet, emitido por la DGII.
  • Comprobante de pago por la tasa de servicio emitido por el Ministerio de Hacienda, cuyo costo dependerá del tiempo de vigencia del carnet de acuerdo a lo aprobado en la Certificación de No Objeción del Consejo Nacional de Zonas Francas (CNZFE).

Otros requerimientos, según aplique:

  • En caso de renovación:
    o copia del carnet anterior.
    o Últimos 3 recibos de la Tesorería Seguridad Social (TSS)
    o Declaración Jurada (IR2) completo.
    o Anexo B1 y demás documentos anexos.

Procedimientos a seguir

  • Obtener la Certificación de No Objeción del Consejo Nacional de Zonas Francas (CNZFE), y tomando en cuenta la fecha de vigencia que otorga el Consejo para seguir con el proceso de solicitud.
  • Realizar el pago por emisión o renovación del carnet de exención de ITBIS de zonas francas en el Área de caja de la administración local de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) que le corresponda.
  • Pagar la tasa por servicio en el portal web del Ministerio de Hacienda: el pago deberá ser de acuerdo con el tiempo de vigencia del carnet aprobado e indicado en la Certificación de No Objeción del Consejo Nacional de Zonas Francas (CNZFE). El comprobante deberá estar a nombre del beneficiario de la exoneración.
  • Realizar la solicitud del servicio a través de la Oficina Virtual (OFV) de La Dirección General de Impuestos Internos (DGII), adjuntando todos los documentos requeridos y llenando todos los campos correspondientes.
  • Dar seguimiento y obtener la respuesta a su solicitud a través de la oficina virtual de la DGII.

Información de contacto

Servicio ofrecido por:

Dirección de Concesiones y Exenciones Fiscales

Teléfono:

809-687-5131 | Opción 1 y luego opción 2

Instructivos

Instructivo de uso para pagos múltiples de servicios
Instructivo solicitud carnet de zona franca vía oficina virtual (OFV)
Instructivo de uso para pagos sin cuenta de usuario

Información adicional

  •  En caso de requerir un documento adicional para tramitar su solicitud, un representante del área le estará contactando.
  • Luego de ser contactado, tendrá un máximo de 5 días laborables para completar el expediente. Pasado este tiempo, si no ha logrado remitir los documentos faltantes, su solicitud será devuelta, debiendo iniciar el proceso nueva vez.
  • No se aceptan recibos de pago con más de 90 días de vigencia.

Nota: de ser aprobada su solicitud, luego de ser tramitada en el Ministerio de Hacienda en los días indicados, será enviada a la DGII.

Base legal del servicio

  •  Ley núm. 4027, de fecha 14 de enero de 1955, sobre Exoneraciones de Impuestos.
  • Ley núm. 8-90, de fecha 10 de enero de 1990, sobre Fomento de Zonas Francas, y sus modificaciones.
  • Decreto núm. 162-11, de fecha 15 de marzo de 2011, que dispone que las exoneraciones por leyes especiales sean sometidas al Ministerio de Hacienda.
  • Otras leyes y contratos, según aplique.

Certificaciones obtenidas

Icono de IQNET

Certificaciones obtenidas